7M: Determinan que en las elecciones provinciales se utilice la boleta única.

7M: Determinan que en las elecciones provinciales se utilice la boleta única.

Dicha boleta contendrá tantas secciones como categorías de candidatos/as corresponda elegir en cada departamento, tales como Gobernador/a y Vicegobernador/a, Diputados/as, Convencionales Constituyentes, Intendentes/as y Viceintendentes/as, y Concejales/as. Detalles.

El Tribunal Electoral Provincial (TEP) determinó que, en las elecciones provinciales a celebrarse el 7 de mayo del corriente año, habrá una única boleta de sufragio que contendrá tantas secciones como categorías de candidatos/as corresponda elegir en cada Departamento de La Rioja.

El Tribunal Electoral Provincial, presidido por la jueza Dra. Gabriela Irina Asis e integrado por los Dres. Rodolfo Ramón Ortiz Juárez y Ricardo Gastón Mercado Luna, bajo la asistencia del secretario Dr. Miguel O. Pacheco, en conformidad al artículo 49 de la de la Ley Electoral Provincial N° 5.139, dispusieron que, las elecciones a celebrarse el 7 de mayo del corriente año, convocadas mediante los Decretos de la Función Ejecutiva Provincial N° 116/23 y N° 117/23, se realizarán mediante el sistema de boleta única.

Dicha boleta contendrá tantas secciones como categorías de candidatos/as corresponda elegir en cada Departamento de la Provincia, tales como Gobernador/a y Vicegobernador/a, Diputados/as Provinciales, Convencionales Constituyentes, Intendentes/as y Viceintendentes/as, y Concejales/as.

EI TEP aclaró que, dicha determinación se tomó en razón de que existe simultaneidad en las convocatorias y unidad de régimen electoral aplicable en el caso de la elección de diputados/as y convencionales constituyentes, de acuerdo con los artículos 7 de la Ley N° 10 609, 2 del Decreto 117/23 y 87 de la Constitución Provincial.