Chamical: la Justicia otorgó la adopción plena de un adolescente tras 13 años de vida familiar
El fallo reconoció legalmente el vínculo construido desde el nacimiento con sus padres de crianza y tuvo en cuenta especialmente su voluntad, el derecho a la identidad y el interés superior del adolescente.
La Sala 1 de la Cámara en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional de la Tercera Circunscripción Judicial, con sede en Chamical, otorgó la adopción plena de un adolescente de 13 años y reconoció jurídicamente el vínculo familiar que había construido durante prácticamente toda su vida.
La sentencia fue dictada por el juez Pablo Ricardo Magaquian y tuvo como eje el interés superior del adolescente, su derecho a la identidad, a vivir en familia y a ser escuchado en una decisión que afecta directamente su vida.
Según las constancias analizadas durante el proceso, el adolescente permaneció bajo el cuidado de quienes posteriormente solicitaron su adopción desde sus primeros días de vida. Durante más de 13 años, estas personas asumieron su crianza, educación, alimentación, atención médica y acompañamiento afectivo.
Ese vínculo también se extendió al resto de la familia, incluyendo abuelos, tíos, primos y otros integrantes del entorno familiar.
El adolescente fue escuchado durante el proceso
Uno de los elementos centrales considerados por el Tribunal fue la voluntad del propio adolescente, quien fue escuchado mediante Cámara Gesell.
Durante esa instancia manifestó su identificación con quienes reconoce como sus padres y expresó su pertenencia a ese grupo familiar, además de su voluntad de que esa realidad también fuera reconocida legalmente.
La Justicia señaló que su opinión fue analizada junto con los informes profesionales y las demás pruebas incorporadas al expediente. En función de su edad y grado de madurez, se ponderó especialmente el principio de autonomía progresiva y su derecho a ser oído.
Una situación familiar consolidada durante 13 años
El Tribunal también tuvo en cuenta que, aunque los adoptantes se encuentran divorciados, ambos continuaron ejerciendo de manera conjunta sus responsabilidades parentales.
En ese sentido, la sentencia aplicó el artículo 604 del Código Civil y Comercial, que contempla la posibilidad de una adopción conjunta después del divorcio cuando durante el matrimonio se mantuvo el estado de madre y padre respecto de una persona menor de edad.
Los testimonios reunidos durante el proceso, junto con los informes psicológico y socioambiental, permitieron establecer que el adolescente se encontraba integrado al núcleo familiar y que existía un vínculo afectivo consolidado.
La Justicia consideró las circunstancias particulares del caso
Otro de los puntos analizados fue el artículo 611 del Código Civil y Comercial, que establece restricciones respecto de las guardas de hecho y las entregas directas con fines de adopción.
El Tribunal consideró que las características particulares del caso requerían un análisis integral y entendió que una aplicación automática de esa norma, luego de más de 13 años de vida familiar, podía afectar derechos fundamentales del adolescente.
La resolución aclaró que la decisión no se basó únicamente en la existencia de una guarda de hecho, sino en el conjunto de elementos reunidos durante el proceso, la historia familiar construida, los informes interdisciplinarios y la voluntad expresada por el adolescente.
Rechazaron un pedido de revinculación
Durante el proceso, la progenitora biológica se opuso a la adopción plena y solicitó iniciar un proceso de revinculación con el adolescente.
Tras analizar el planteo, el Tribunal rechazó ese pedido y valoró, entre otros elementos, la inexistencia de un vínculo afectivo previo consolidado, el tiempo transcurrido, los informes profesionales y la voluntad expresada por el propio adolescente de no iniciar esa vinculación.
La sentencia consideró que imponer una revinculación en esas condiciones podía afectar su estabilidad emocional y resultar contrario a su interés superior.
De esta manera, la Justicia de Chamical reconoció legalmente una realidad familiar que, según quedó acreditado en el expediente, se había construido y sostenido durante más de 13 años.
Fuente: Fenix

















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