Ludopatía: ¿Desorden adictivo o trastorno caracterizado?

Ludopatía: ¿Desorden adictivo o trastorno caracterizado?

La promoción sobre el Día del Juego Responsable, cada 17 de febrero, se estableció para concientizar a la población sobre esta conducta descontrolada o práctica compulsiva, aunque en cada jurisdicción provincial o a nivel mundial, existen las administraciones dependientes de los gobiernos, como así también los departamentos de prevención contra la ludopatía.

Desde la antigüedad, se trata de negocios millonarios que se desarrollaron hasta hoy, alrededor del planeta y que con el paso de los años fueron adquiriendo mayor relevancia con establecimientos legalizados y registrados ante cada país y provincia como esparcimiento y recreación lúdica; pero, sin embargo, ya cuando se convierte en la práctica compulsiva y adictiva, los Estados proveen a la comunidad de herramientas para revertirlo en las dependencias psicosanitarias creadas a tal fin.

La ludopatía es una afectación compleja que puede provocar cambios importantes en el cerebro y el comportamiento, siendo uno de los principales efectos que en determinadas partes de su cerebro se vuelven hiperactivas, provocando pensamientos distorsionados, ideación de patrones en secuencias aleatorias o tener una confianza desmesurada en ganar, mientras también se vuelve insensible a las recompensas del juego, necesitando cada vez más estimulación para lograr el mismo placer.

Según la Sociedad Americana de Psicología (APA), se trata de un tipo de desorden adictivo o trastorno caracterizado por “la conducta descontrolada y la práctica compulsiva” de los juegos de azar y en línea. Precisamente, la observancia nacional e internacional es volver a instaurar que el juego es una actividad de recreación, que nunca interfiere en las obligaciones sociales, vocacionales o familiares, así como tampoco en la individualidad de la persona.

Para prevenir esta patología, los casinos y plataformas de apuestas online cuentan con una serie de herramientas para fomentar el Juego Responsable (JR), que es una conducta normal del ser humano y se relaciona directamente con su necesidad de conectar con su dimensión lúdica.

Sin embargo, el problema se presenta cuando esta conducta, tan normal como beber una copa de vino en la cena, llevar trabajo a casa o comer un chocolate, se transforma en un consumo problemático que afecta nuestra vida familiar y social y, sobre todo, pone en riesgo nuestra economía.

Hay tres categorías de jugadores, el social –que no representa un conflicto,– el problemático –que puede tener un gasto excesivo–, y el patológico que sí requiere atención, porque tiene una dependencia emocional con el juego y su adicción interfiere con el desarrollo normal de su vida cotidiana. Esto motivó que los gobiernos establecieran una Política de Juego Responsable a través de programas y acciones “tendientes a minimizar el riesgo de que la población que juega desarrolle una conducta patológica y brindar herramientas para que el juego continúe siendo un entretenimiento”.

Ajalar

Su antecesor oficial fue la Gerencia de Juegos de Azar del antiguo IPSAS, la cual dio origen a AJALaR el 23 de enero de 1996, en decreto 079 de la Función Ejecutiva Provincial; desde ese día se instituye como el órgano de aplicación de la Legislación Provincial sobre los juegos de azar y el asesoramiento de la Función  Ejecutiva en materia de competencia. Su constitución, además de promover y contribuir la realización de obras asistenciales de carácter social, regula, controla y explota salas de juego de azar en la jurisdicción provincial. De igual manera, administra, autoriza, comercializa, reglamenta, fiscaliza, y controla el juego de azar de la provincia inclusive aquellos organizados en otras provincias y la nación, la que sea distribuida y comercializada, en el territorio provincial.  

Estas tareas otorgadas a AJALAR son en conformidad a las normas legales vigentes en la provincia, inclusive las que se importan.

Otorga además, la concesión en la explotación de salas de juego, que por su carácter y forma de explotación, revise en carácter de permanente o semipermanente o bien en ejecución por tiempo determinado. En paralelo, es también su competencia la celebración de convenios con los organismos pertinentes de la Nación u otras provincias, como en entes privados.